Nacimientos fuera de hospitales en CDMX: legalidad y obtención de certificados
El caso de una madre triqui en la Ciudad de México abre el debate sobre el derecho al parto en casa y los trámites necesarios ante la Secretaría de Salud.

Dar a luz fuera de una institución hospitalaria no constituye un delito en México, aunque la falta de un certificado de alumbramiento puede generar obstáculos administrativos significativos para las familias. Recientemente, el caso de una mujer triqui en la Ciudad de México puso de manifiesto las dificultades que enfrentan las personas que deciden tener partos domiciliarios, especialmente cuando carecen de acompañamiento médico profesional que valide el suceso ante las autoridades sanitarias.
El certificado de alumbramiento es el documento oficial indispensable para tramitar posteriormente el acta de nacimiento ante el Registro Civil. Cuando el parto ocurre en un domicilio sin la presencia de un médico o partera certificada, la Secretaría de Salud establece protocolos específicos para verificar el nacimiento. Estos procedimientos son fundamentales para proteger el derecho a la identidad de los menores y evitar la desprotección jurídica de las familias en situaciones de vulnerabilidad.
Para obtener el certificado tras un parto domiciliario, los interesados deben acudir a la unidad de salud más cercana para solicitar una valoración médica de la madre y el recién nacido. En estos casos, las autoridades sanitarias realizan un estudio clínico para corroborar el estado de salud y la relación biológica, permitiendo así la emisión del documento necesario. Es un proceso que busca garantizar el acceso a programas sociales y servicios básicos del Estado.
Las organizaciones civiles han señalado que, si bien el parto en casa es una práctica respetada, la falta de información sobre estos trámites puede derivar en la exclusión de derechos fundamentales. La Secretaría de Salud de la Ciudad de México reitera que el acceso a la certificación es un derecho de todos los ciudadanos, independientemente de dónde haya ocurrido el nacimiento, siempre que se sigan los protocolos de verificación establecidos por la ley.
En última instancia, el objetivo de las autoridades es asegurar que todo menor cuente con su documentación de identidad sin que la elección del lugar de nacimiento represente una barrera burocrática. El acompañamiento institucional es vital para que las comunidades indígenas y otros grupos sociales puedan ejercer su derecho a la salud y a la identidad plena en todo el territorio nacional.


